Algunos de los interrogantes sobre las Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) que se realizan hoy.
1) ¿Qué son las PASO y qué se vota en ellas?
-Son elecciones nacionales primarias en las que todos los ciudadanos pueden votar en las internas de las agrupaciones políticas el mismo día, en todo el país y tienen carácter obligatorio. En esos comicios, se vota a la lista de candidatos de una agrupación política que luego participará en las elecciones generales del 14 de noviembre por un cargo electivo nacional.
2) ¿Cuándo fueron creadas las PASO?
-Fueron establecidas por la ley N° 26.571, de democratización de la representación política en 2009 y se utilizaron por primera vez en las presidenciales de 2011.
3) ¿Cuántas personas podrán votar en las PASO?
-Están habilitadas para votar 34.332.992 personas.
4) ¿Cuántas escuelas y mesas electorales fueron habilitadas en todo el país?
-Fueron habilitados 17.092 establecimientos, con un total de 101.457 mesas para sufragar en todo el país. A su vez, se dispusieron 11.304 locales de comicios con kits de transmisión.
5) ¿Se puede votar a más de una agrupación política en las PASO?
-Sí, siempre que sea para distintos cargos. Para ello, se debe cortar boleta, colocando en el sobre una boleta para cada categoría. En caso de que se vote a dos candidatos para el mismo cargo, se anula el voto.
6) ¿Quién gana en las PASO?
-En las PASO se compite dentro de una agrupación política. La lista de ese espacio que más voto obtenga es la ganadora de esa interna y competirá en las elecciones generales del 14 de noviembre.
7) ¿Se puede modificar la lista ganadora de esa agrupación para las generales?
-No. Solo se modifica si la lista perdedora de esa agrupación política obtuvo una cierta cantidad de votos. Dicho porcentaje de votos es establecido por el propio frente con anterioridad para permitir el intercalado de candidatos.
8) Si hay una sola lista en una agrupación política, ¿ya está habilitada para competir en las generales?
-No. Debe superar el piso de 1,5% de los votos. Ese porcentaje de los votos válidos emitidos es lo mínimo que debe obtener una agrupación política en cada categoría y distrito, con una lista o la sumatoria de ellas, para participar en las generales.
9) ¿Cuál es el horario de votación el domingo?
-De 8 a 18. Si a las 18 hubiera votantes haciendo fila afuera del establecimiento, el delegado judicial les entregará un número para certificar que a esa hora estaban presentes para votar, y se les permitirá el ingreso a posterior.
10) ¿Desde que edad se puede votar en las PASO? ¿Es obligatorio el voto en las PASO?
-Pueden votar todas las personas a partir de los 16 años cumplidos hasta el 14 de noviembre inclusive. El voto es obligatorio para todos los electores. Los mayores de 18 años y menores de 70 que no puedan justificar ante la Justicia Nacional Electoral porque no emitieron su voto, les corresponde una multa económica y se incorporará en el Registro de Infractores al deber de votar.
11) ¿Cuál es la diferencia entre el escrutinio provisorio y el definitivo?
-El escrutinio provisorio es el que se hace el mismo día de la elección a partir de los resultados informados por las autoridades de mesa al Ministerio del Interior mediante un telegrama, confeccionado por la o el presidente de mesa, que contiene todos los detalles de los votos contados en la mesa. Este escrutinio no tiene validez legal, sólo sirve para informar a la ciudadanía. En tanto, el escrutinio definitivo, que está a cargo de la Justicia Nacional Electoral, y comienza 48 horas después de la finalización de las elecciones, se realiza a partir de las Actas de Escrutinio de cada mesa, y es el que produce los resultados finales de la elección.
12) ¿Cuáles son los documentos válidos para votar?
-Libreta de enrolamiento/libreta cívica, DNI libreta verde, DNI libreta celeste, Tarjeta del DNI libreta celeste, que contiene la leyenda “No válido para votar”, Nuevo DNI tarjeta. El ejemplar del documento debe ser igual o posterior al que figura en el padrón. No se permitirá el voto de ciudadanos cuyo documento corresponde a un ejemplar anterior al que figura en el padrón electoral ni de aquellos/as que presenten el “DNI en su celular”.
13) ¿Qué sucede en los casos donde existan dudas sobre la identidad del votante?
-Quien ejerza la presidencia de la mesa, por su iniciativa o a pedido de los/as fiscales, tiene derecho a interrogar a los/as ciudadanos/as sobre las diversas referencias y anotaciones del documento cívico. Además, la Autoridad de Mesa y los/as fiscales partidarios/as pueden impugnar la identidad de un/a elector/a, cuando a su juicio, estuviere falseando su identidad o se encuentre en el padrón identificado, con un color gris, como ausente por desaparición forzada.
14) ¿Recibo una constancia de votación?
-Sí. El/la presidente/a de mesa le entregará la constancia de emisión del sufragio -firmada- en la que figuran sus datos y la fecha de la elección.
15) ¿Qué debo hacer si no voté?
-Los ciudadanos y las ciudadanas que no hayan emitido su voto deberán justificar su abstención con la documentación que acredite el motivo de la falta, a tal fin deberán hacerlo ante la Secretaría Electoral correspondiente a su distrito o a la Cámara Nacional Electoral, o ingresar a https://infractores.padron.gov.ar. Quienes no hayan votado en las PASO podrán votar en las elecciones generales de noviembre.